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Una sentencia
irrazonable
Hay una
culpabilización de la víctima, hay una ausencia total de cualquier
conocimiento de cómo cursan los abusos sexuales en un contexto
intrafamiliar, hay hasta atisbos claros de cierto racismo o xenofobia
Elisa Beni14 de abril de 2021
Otra vez la Audiencia de Navarra. Otra vez la
sección de La Manada, aunque reconstituida, y de la que ya sólo pervive su
presidente. Acaban de concluir que una menor violó a su padrastro cuando
éste estaba borracho y lo absuelven no más allá de una duda razonable, sino
más allá de cualquier razonamiento razonable. La sentencia es técnicamente
deplorable y su resultado, la desprotección de una menor vulnerable que ha
dado a luz al hijo de su padrastro.
Les resumo el caso, por si no lo conocen. Una
menor llega a Urgencias con fuertes dolores abdominales resultando que está
de parto, sin que nadie sepa de su embarazo, y da a luz a un niño. Los
servicios de protección social se ponen en marcha. En el mismo hospital, la
niña le da a su madre la explicación de que la violaron unos desconocidos
cuando paseaba al perro, insistiendo en que no quería hacer nada al respecto
sino olvidarse del tema. Posteriormente, cuando la madre la quiso llevar a
denunciar la violación, la niña se agarró a ella y le dijo que le había
mentido, que el niño era producto de relaciones sexuales con su marido y que
todo había sucedido un día en el que él había llegado borracho y estaba
durmiendo en el sofá para ir al cuarto de baño. La niña refiere que no sabe
qué le pasó por la cabeza y que se quitó el pijama y las bragas, le bajó el
calzoncillo al padrastro y se introdujo el pene en su interior. Que tras los
hechos se volvió a vestir y se fue a su habitación y nunca dijo nada y que
nunca había tenido relaciones sexuales ni volvió a tenerlas nunca. Todo eso
se lo dice en la exploración a la magistrada instructora "incapaz de hacer
una acción libre de lo sucedido y durante la declaración adoptó una postura
corporal algo encogida y cerrada, mantuvo la cabeza y la mirada baja. A las
preguntas formuladas, respondió de modo difícilmente audible y en forma muy
breve, en muchas ocasiones solo con monosílabos de sí o no".
El padrastro afirmó durante todo el juicio no
recordar los hechos debido a la borrachera y refiere haberse enterado de
todo porque se lo ha contado su mujer pero él, ni idea. El tribunal refiere
que el padrastro se muestra muy fijo en su versión y lo absuelve aplicando
el "in dubio pro reo" dado que consideran que existe una duda razonable de
que las cosas pudieran ser de este modo.
Lo más decisivo para establecer esa duda que
ellos consideran razonable, es un informe de un perito que afirma que "la
posibilidad fisiológica de tener una erección del pene en estado de
impregnación alcohólica, en dosis moderadas de alcohol con cifras de
alcoholemia medias (1,54 g/L de alcohol en sangre) existe, no se puede
descartar la tumescencia nocturna peneana". Y así es como llegamos al fallo
que considera creíble que la niña abusara de su padrastro dormido, quedara
embarazada y ocultara el embarazo hasta término. La tumescencia peneana.
Vamos a ello. El tribunal aplica el "in dubio pro reo" con una duda
irracional. El propio forense dejó claro que: "a mayor volumen de alcohol,
es mayor dificultad para la erección y aún más para la eyaculación" y,
vamos, que saben ustedes como yo que no hacía falta que lo dijera un
perito.
¿Y entonces? ¿Estaba tan, tan borracho que no se
enteró de nada, que tuvieron relaciones con él, que eyaculó y no se despertó
ni lo recuerda? Si estaba con una borrachera letárgica ¿cómo se produjo pues
la tumescencia peneana de marras y la eyaculación con resultado de embarazo?
¿Estaba muy borracho o medianamente? Si estaba medianamente borracho para
empalmarse lo estaba para despertarse y si no se podía despertar ¿cómo es
que aquello se vino arriba y hasta manó?
El tribunal enfrenta una prueba de cargo
perfectamente definida por la fiscalía y por la acusación, una prueba de
descargo que no puede comprobar y que es totalmente irrazonable. No le
importa. Tampoco realizan ninguna valoración especial de la prueba ni el más
mínimo esfuerzo por fundamentar una hipótesis tan descabellada que merecería
de una argumentación especialmente abundante. No existe.
La sentencia es una porquería, además. Los
hechos probados arrancan con ¡las fechas de nacimiento de los abuelos de la
víctima! Los magistrados nos cuentan que la madre de la niña se quedó
embarazada a los 18 y repasan todo el historial de la familia inmigrante, el
de sus tías, el de los maridos de sus tías, ¡hasta que la niña y su llegada
a urgencias de parto aparecen en la página 12! ¿Qué pretenden los
magistrados con este repaso de las características familiares, del maltrato
del abuelo a su madre, en los hechos probados en el que hasta nos descubren
que la víctima pudo llegar a no nacer porque su madre se planteó abortar?
¿Qué quieren decirnos? ¿Dónde han visto eso en otra sentencia?, ¡por Dios!
Más allá de una duda razonable, los magistrados
han aceptado una hipótesis loca en una sentencia que o bien está dictada
desde la ignorancia o bien desde prejuicios o es un suicidio jurídico
difícil de explicar, puesto que no habrá tribunal de apelación que la
mantenga. Es difícil interpretarlo. Juzgan de forma absolutamente contraria
a las reglas de la experiencia. El presidente del tribunal estuvo en el caso
de La Manada, pero fue proclive a la violación; la segunda magistrada, una
mujer, procede de un juzgado de Violencia de Género y el tercero, ¡vaya!, es
catedrático de Derecho Mercantil y está por aquí de suplente. Han perpetrado
una sentencia en la que los jueces no aparecen, no valoran la prueba, no
razonan según las reglas de la lógica… ¿qué está pasando en la Justicia? Hay
muchos casos así. Casos enloquecidos. Casos que no dependen ya ni siquiera
de la formación para este tipo de delitos ni de la perspectiva de género
sino incluso de una mínima pericia jurídico penal que no existe.
Tras su marciana conclusión, me pregunto si los
magistrados habrán pensado en deducir testimonio de la niña para que sea
acusada de abusar de su padrastro, porque esto es lo que ellos afirman que
ha sucedido. En esta sentencia hay una culpabilización de la víctima, hay
una ausencia total de cualquier conocimiento de cómo cursan los abusos
sexuales en un contexto intrafamiliar, hay hasta atisbos claros de cierto
racismo o xenofobia, por el repaso que hacen al entorno familiar de la
víctima, que no es en absoluto pertinente. Todo es más creíble que una niña
víctima, hasta la hipótesis más loca.
Ya no se trata siquiera de si creemos a la
hermana, sino de si tales jueces tienen alguna credibilidad.
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