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JUZGADOS DE FAMILIA EN ESPAÑA. UNA
ASIGNATURA PENDIENTE EN LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA.
En España hay en la actualidad 70 Juzgados de Familia que se
encuentran distribuidos en 25 provincias. Otras 26 provincias, más Ceuta y
Melilla, no tienen ninguno. Los 70 Juzgados de familia están
ubicados en las capitales de provincia, a excepción de Pontevedra que tiene
un único Juzgado de Familia en Vigo; de Asturias que dispone de un Juzgado de
Familia en Gijón, además de otro en Oviedo; de Vizcaya que dispone de un
Juzgado de Familia en Baracaldo, y otros tres en Bilbao; de Alicante, con un
Juzgado de Familia en Elche, y otros dos en Alicante; y de Barcelona que tiene
uno en Mataró, además de otros ocho en la capital. Fuera de la
localidad en donde se encuentran los Juzgados de Familia, todos los asuntos de
Familia y Protección pasan a ser competencia de los Juzgados de Primera
Instancia e Instrucción, o sólo los de Primera Instancia en las localidades
donde se encuentre separada la jurisdicción civil de la penal. Solamente
los Juzgados especializados de Familia tienen a su disposición Equipos
Técnicos de Apoyo (Psicólogo, Trabajador Social). El resto, carece de dicho
apoyo y debe atender también otros asuntos judiciales además de los de
Familia, o de Protección. No obstante, y en lo que se refiere a los Equipos
Técnicos de los Juzgados de Familia, no son suficientes para atender la
demanda de informes que se les solicitan, estando muchos de ellos desbordados
de trabajo y perdiendo en calidad y eficacia. En segunda
instancia (Audiencias Provinciales), resuelven Salas carentes de
especialización y de formación específica de los Magistrados. Generalmente
los asuntos apelados van a reparto y pueden terminar en cualquier Sala. Lo
mismo sucede en las localidades donde no existen Juzgados de Familia, pudiendo
tocar los asuntos en reparto a cualquier Juzgado de Primera Instancia e
Instrucción, o, en su caso, de Primera Instancia. Por su parte, la
actuación del Ministerio Fiscal también deja mucho que desear, por cuanto no
existe una adscripción especializada del Fiscal a los Juzgados de Familia
(atienden los asuntos según turno). Y en el resto de Juzgados, además de que
tampoco existe una adscripción especializada del Fiscal, hay quejas de que
suelen no comparecer en las actuaciones, o de que se limitan a ser simples
espectadores.
La
distribución de los Juzgados de Familia por Comunidades Autónomas es la
siguiente:
ANDALUCÍA
Córdoba
2 Granada
2 Málaga
3 Sevilla
4
Total 11
ASTURIAS
Gijón
1 Oviedo
1
Total
2
ARAGÓN
Zaragoza
3
Total
3
CANARIAS
Las Palmas
3 Tenerife
2
Total
5
CANTABRIA
Santander
1
Total
1
CASTILLA Y LEÓN
Valladolid
1
Total
1
CATALUÑA
Barcelona
8 Mataró
1 Tarragona
1
Total
10
EUSKADI
Bilbao
3 Baracaldo
1 San Sebastián
1 Vitoria
1
Total
6
EXTREMADURA
Badajoz
1
Total
1
GALICIA
A Coruña
2 Vigo
2
Total
4
MADRID
Madrid
10
Total
10
MALLORCA
Palma de Mallorca
3
Total
3
MURCIA
Murcia
1
Total
1
NAVARRA
Pamplona
1
Total
1
COMUNIDAD VALENCIANA
Alicante
2 Elche
1 Valencia
5 Castellón
1
Total
9
Por
el contrario, no existe ningún Juzgado de Familia en:
ANDALUCÍA
ARAGÓN
Almería
Huesca Cádiz
Teruel Jaén Huelva
CASTILLA Y LEÓN
CASTILLA – LA MANCHA
Ávila
Albacete Burgos
Ciudad Real
León
Cuenca
Palencia
Guadalajara
Salamanca
Toledo Segovia
Soria
Zamora
CATALUÑA
EXTREMADURA
Lleida
Cáceres Gerona
GALICIA
LA RIOJA
Lugo
Logroño Orense Pontevedra
CEUTA MELILLAJUZGADOS NO ESPECIALIZADOS QUE PUEDEN ATENDER
ASUNTOS DE FAMILIA
Andalucía:
Almería
Capital......... 7
Juzgados de 1ª Instancia (Civil) Provincia.....
15 Juzgados de 1ª
Instancia e Instrucción
Cádiz
Capital......... 5
Juzgados de 1ª Instancia Jérez............ 5
Juzgados de 1ª Instancia Provincia..... 36
Juzgados de 1ª Instancia e Instrucción
Córdoba
Provincia...... 19
Juzgados de 1ª Instancia e Instrucción
Granada
Provincia....... 18
Juzgados de 1ª Instancia e Instrucción
Huelva
Capital........... 6
Juzgados de 1ª Instancia Provincia....... 18
Juzgados de 1ª Instancia e Instrucción
Jaén
Capital........... 5
Juzgados de 1ª Instancia Provincia.......
20 Juzgados
de 1ª Instancia e Instrucción
Málaga
Fuengirola...... 7
Juzgados de 1ª Instancia Torremolinos.. 4
Juzgados de 1ª Instancia Marbella......... 5
Juzgados de 1ª Instancia Provincia........ 24
Juzgados de 1ª Instancia e Instrucción
Sevilla
Provincia......... 32
Juzgados de 1ª Instancia e Instrucción
Aragón
Huesca Capital.......... 3 Juzgados de 1ª Instancia e
Instrucción Provincia...... 7 Juzgados de 1ª Instancia e
Instrucción
Teruel Capital.......... 2 Juzgados de 1ª Instancia e
Instrucción Provincia...... 3 Juzgados de 1ª Instancia e
Instrucción
Zaragoza Provincia...... 8 Juzgados de 1ª Instancia e
Instrucción
Asturias
Provincia...... 28 Juzgados de 1ª Instancia e Instrucción
Cantabria Provincia...... 15 Juzgados de 1ª Instancia e Instrucción
Castilla – La Mancha
Albacete Capital.......... 8 Juzgados de 1ª Instancia e
Instrucción Provincia...... 8 Juzgados de 1ª Instancia e
Instrucción
Ciudad Real Capital.......... 5 Juzgados de Familia e
Instrucción Provincia...... 15 Juzgados de Familia e
Instrucción
Cuenca Capital.......... 3 Juzgados de Familia e
Instrucción Provincia....... 6 Juzgados de Familia e
Instrucción
Guadalajara Capital........... 6 Juzgados de Familia e
Instrucción Provincia....... 2 Juzgados de Familia e
Instrucción
Toledo Capital........... 5 Juzgados de Familia e
Instrucción Provincia....... 16 Juzgados de Familia e Instrucción
Castilla y León
Ávila Capital........... 4 Juzgados de 1ª Instancia e Instrucción Provincia....... 3 Juzgados de 1ª Instancia e Instrucción
Burgos Capital........... 6
Juzgados de 1ª Instancia Provincia....... 9 Juzgados de 1ª Instancia e Instrucción
León Capital........... 8
Juzgados de 1ª Instancia Provincia....... 12 Juzgados
de 1ª Instancia
Palencia Capital........... 6 Juzgados de 1ª Instancia e Instrucción Provincia....... 3 Juzgados de 1ª Instancia e Instrucción
Salamanca Capital........... 7
Juzgados de 1ª Instancia Provincia....... 6 Juzgados de 1ª Instancia e Instrucción
Segovia Capital........... 4 Juzgados de 1ª Instancia e Instrucción Provincia....... 3 Juzgados de 1ª Instancia e Instrucción
Soria Capital........... 3 Juzgados de 1ª Instancia e Instrucción Provincia....... 2 Juzgados de 1ª Instancia e Instrucción
Valladolid Provincia....... 3 Juzgados de 1ª Instancia e Instrucción
Zamora Capital........... 5 Juzgados de 1ª Instancia e Instrucción Provincia....... 5 Juzgados de 1ª Instancia e Instrucción
Cataluña
Barcelona Provincia........ 84 Juzgados de 1ª Instancia e Instrucción Badalona......... 6 Juzgados
de 1ª Instancia Granollers....... 5
Juzgados de 1ª Instancia L’Hospitalet de Llobregat..... 6 Juzgados
de 1ª Instancia Mataró.............. 5 Juzgados
de 1ª Instancia Sabadell........... 6 Juzgados
de 1ª Instancia Terrassa........... 5 Juzgados
de 1ª Instancia
Tarragona Provincia......... 26 Juzgados de 1ª Instancia e Instrucción
Girona Capital............. 6 Juzgados
de 1ª Instancia Provincia......... 26 Juzgados de 1ª Instancia e Instrucción Lleida Capital............ 6 Juzgados de 1ª Instancia e Instrucción Provincia......... 9 Juzgados de 1ª Instancia e Instrucción
Ceuta............. 4 Juzgados de 1ª Instancia e Instrucción
Comunidad de Madrid
Provincia......... 81 Juzgados de 1ª Instancia e Instrucción Fuenlabrada..... 5 Juzgados
de 1ª Instancia Móstoles.......... 6 Juzgados
de 1ª Instancia
Comunidad Valenciana
Alicante Provincia........ 45 Juzgados de 1ª
Instancia e Instrucción
Castellón Capital............ 7
Juzgados de 1ª Instancia Provincia........ 11 Juzgados de 1ª Instancia e Instrucción
Valencia Provincia........ 64 Juzgados de 1ª Instancia e Instrucción
Euskadi
Álava Provincia......... 2 Juzgados de 1ª Instancia e Instrucción
Guipuzcoa Provincia......... 6 Juzgados de 1ª Instancia e Instrucción
Vizcaya Provincia......... 14 Juzgados de 1ª Instancia e Instrucción
Extremadura
Cáceres Capital........... 6 Juzgados de 1ª Instancia e Instrucción Provincia....... 12 Juzgados de 1ª Instancia e Instrucción
Badajoz Provincia....... 21 Juzgados de 1ª Instancia e Instrucción
Galicia
A Coruña Provincia........ 31 Juzgados de 1ª Instancia e Instrucción
Lugo Capital............ 6 Juzgados de 1ª Instancia e Instrucción Provincia........ 11 Juzgados de 1ª Instancia e Instrucción
Ourense Capital............ 7 Juzgados de 1ª Instancia e Instrucción Provincia........ 10 Juzgados de 1ª Instancia e Instrucción
Pontevedra Capital............ 7 Juzgados de 1ª Instancia e Instrucción Provincia........ 24 Juzgados de 1ª Instancia e Instrucción Illes Baleares
Provincia..........12
Juzgados de 1ª Instancia e Instrucción Eivissa .............
3
Juzgados de 1ª Instancia
Islas Canarias
Las Palmas
Provincia.......... 29 Juzgados de 1ª Instancia e Instrucción
Santa cruz de Tenerife Provincia........... 28 Juzgados de 1ª Instancia e Instrucción San Cristóbal de la Laguna...... 5 Juzgado
de 1ª Instancia
La Rioja
Capital............... 9
Juzgados de 1ª Instancia e Instrucción Provincia........... 3 Juzgados de 1ª
Instancia e Instrucción
Melilla............. 5 Juzgados de 1ª Instancia e Instrucción
Murcia
Cartagena......... 5
Juzgados de 1ª Instancia Provincia.......... 23 Juzgados de 1ª Instancia e Instrucción
Navarra
Provincia.......... 8 Juzgados de 1ª Instancia e Instrucción
ÓRGANOS
JUDICIALES FAMILIA La tutela efectiva de los jueces en
el ámbito de Familia en los casos de separación, divorcio, visitas,
alimentación... y en el ámbito de la protección de menores en los casos de
desamparo, acogimientos familiares, adopciones... la ejercen en primera
instancia los Jueces ordinarios, tanto los titulares de juzgados
especializados en la localidad en que haya este tipo de Juzgados, como, en
general, los Jueces de instrucción y primera instancia en todas las demás
localidades. En cuanto a la segunda instancia
(Audiencias Provinciales), no hay en España ningún Tribunal especializado en
Derecho de Familia, ni Magistrados titulados al efecto, aunque sea común en
las Audiencias la fijación de una determinada Sala para resolver los recursos
o apelaciones que remita la primera instancia. Hay, pues, en primera instancia,
dos tipos de Juzgados que atienden los asuntos referidos a Familia y a
Protección: Los especializados (70 en España), y los de primera instancia o
de primera instancia e instrucción (la mayoría), que atienden también otro
tipo de demandas, no sólo las de familia y protección, y que al carecer de
especialización, no disponen de recursos específicos (Equipos Técnicos de
apoyo). Los ciudadanos de la Villa de
Madrid, por poner un ejemplo, tienen a su disposición los Juzgados de Familia
de la capital, pero los ciudadanos de los demás municipios de la Comunidad
Autónoma madrileña no pueden acceder a ningún juzgado especializado. En
Andalucía la totalidad de los ciudadanos de las provincias de Almería,
Cádiz, Jaén y Huelva, tampoco pueden acceder a juzgado especializado alguno,
y los ciudadanos de todas las provincias de la Comunidad Autónoma de Castilla
– La Mancha se encuentran en la misma situación.
DISCRIMINACIÓN
Si bien los ciudadanos españoles
tienen garantizado el derecho “al Juez ordinario predeterminado por la ley”
(Artículo 24.2 Constitución Española), observamos una clara discriminación
de unos ciudadanos sobre otros, adultos o menores,
por razón del lugar de su residencia, cuando en el ámbito del Derecho
de Familia y Protección demanden de la Administración de Justicia “la
tutela efectiva de los jueces...” (Artículo 24.1). Creemos que esa discriminación
atenta principalmente contra los derechos de los menores afectados por
cualquiera de las intervenciones judiciales realizadas en los Juzgados de
primera instancia o de primera instancia e instrucción no especializados, al
carecer éstos de medios y recursos, así como de la necesaria formación y
dedicación exclusiva de los Jueces. La apelación de nuestra
Constitución al principio de que “Los españoles son iguales ante la ley,
sin que pueda prevalecer discriminación alguna...” (Artículo 14 del
Título II), puede que no cuadre muy bien aquí con el trato desigual que
reciben unos españoles de otros dependiendo de su lugar de residencia.
Se puede objetar que si bien es cierto que unos Juzgados (los
de Familia) gozan de la dedicación exclusiva de sus titulares y poseen medios
técnicos que los de primera instancia o de primera instancia e instrucción
no disponen, todos ellos están dirigidos por Jueces que garantizan la mejor
aplicación de las leyes. Y que, por lo mismo, no tiene porque producirse esa
pretendida discriminación, o si se produce va a ser tan irrelevante que no
llegará a afectar a la esencia
de las resoluciones, que, por otro lado, pueden ser recurridas a la instancia
superior, a donde deberán dirigirse todas las apelaciones, vengan de los
juzgados especializados o de los otros, quedando así plenamente garantizada
la igualdad de todos ante la ley. Ahora bien, precisamente porque
nuestro Estado de Derecho se ha ido dotando parcialmente de Juzgados
especializados de Familia, con Equipos Técnicos de apoyo y dedicación
exclusiva de los Jueces, la demanda ciudadana en los distritos judiciales
donde los especializados no existen ha quedado insuficientemente atendida, o
lo que es lo mismo, los juzgados no especializados que además tienen que
atender otro tipo de materia no ofrecen las suficientes garantías de eficacia
y acierto de los primeros afectando en particular a los usuarios menores de
edad. Por todo ello, la no
generalización de Juzgados de Familia y el hecho de que no se atribuyan en
exclusiva a estos Juzgados la totalidad de los procedimientos de Familia y
Protección de cada provincia, provoca:
q
La dispersión de criterios en las actuaciones judiciales.
q
La evidente incapacidad de muchos Jueces para decidir con
plenas garantías de eficacia.
q
La dificultad del seguimiento y control de las medidas.
q
Y la carencia de planes de formación de Jueces en Derecho de
Familia.
QUEJA
ANTE LA COMISIÓN INTERNACIONAL DE SEGUIMIENTO DE LA CONVENCIÓN DE LOS
DERECHOS DEL NIÑO CON SEDE EN GINEBRA En
España los niños y niñas que residen en lugares donde no está implantado
un Juzgado de Familia no reciben en Derecho de Familia y Protección el mismo
trato de la Administración de Justicia que los niños y niñas que residen
donde sí existe un juzgado especializado. No
hay una voluntad expresa de la Administración española de extender la
implantación de Juzgados de Familia y hacer de estos juzgados los únicos
referentes en materia de Derecho de Familia y Protección en todo el
territorio nacional, con el fin de garantizar la igualdad ante la ley que
preconiza nuestra constitución. No
hubo esa voluntad en el anterior gobierno y no la vemos tampoco en el actual.
Observamos que no van por ahí los intereses y las prioridades en política de
Justicia y que las nuevas disposiciones de creación de juzgados específicos
para denuncias sobre maltrato a la mujer determinan y condicionan cualquier
pretensión de abordar la extensión de juzgados que demandamos por evidente
cuestión presupuestaria. Así, los niños y las niñas se van quedando a la
cola en materia de Familia y Protección en el ámbito de la Justicia
incumpliéndose mandatos constitucionales.
Antes,
con el anterior Gobierno, y ahora, con el Gobierno actual, venimos demandando
respuestas a favor de una extensión y generalización de Juzgados de Familia,
pero esas respuestas no llegan, por lo que desde la Asociación PRODENI hemos
remitido con fecha 19 de noviembre escrito de queja a la Comisión
Internacional de ONG para el seguimiento de la aplicación de la Convención
de los Derechos del Niño contra la Administración española y a partir de
ahora desarrollaremos una campaña permanente para conseguir la
generalización de Juzgados de Familia en nuestro país.
En
Málaga, 19 de Noviembre de 2.004. |